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Pedirán la intervención de autoridades Locales para que Vigilen el Cumplimiento de Las Leyes antitabaco

Jun 09, 2017

Ciudad de México. La Fundación InterAmericana del Corazón México (FIC México), la Alianza Nacional para el Control del Tabaco (ALIENTO) y Libre de Humo, organizaciones dedicadas a la lucha por el control del tabaco en México, felicitaron a Televisa Radio por prohibir fumar dentro de sus instalaciones. Sobre la resolución de la COFEPRIS ante la denuncia interpuesta a W Radio y Martha Debayle, dichas organizaciones buscarán una reunión para que se aclare tal situación, tanto con la autoridad local como con la Comisión Nacional contra las Adicciones, cuyo titular, el Dr. Manuel Mondragón y Kalb, fue promotor indiscutible de la Ley de Protección para la Salud de los No Fumadores en el Distrito Federal. 

Luego de que las organizaciones civiles interpusieran una denuncia ante la COFEPRIS a W Radio y Matha Debayle, Televisa Radio decidió sancionar conforme a la Ley a quien fume dentro de sus instalaciones, incluyendo espacios abiertos, como jardines “Felicitamos a la empresa Televisa Radio por tomar esta decisión, pues al hacerlo protege la salud de quienes laboran en la empresa y de sus visitantes e invitados, además de poner el ejemplo a otros organismos respecto al cumplimiento de la Ley General para el Control del Tabaco (LGCT) y  a la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores de la CDMX” señaló Erick Antonio Ochoa, Director de Políticas Públicas de FIC México.

A su vez, Juan Núñez Guadarrama, Coordinador de ALIENTO, recordó que todos debemos cumplir las leyes, no puede haber excepciones. En tal sentido es importante que el procedimiento de la verificación realizada por la COFEPRIS, considere que hay fotografías y videos en los cuales aparece la comunicadora fumando en ese lugar de trabajo.  La autoridad está para proteger la salud de las personas, prestadoras o usuarias de servicios, y no debe favorecer intereses privados que vulneren esa protección, agregó.

El cumplimiento de los espacios libres de humo de tabaco debe concretarse en todo espacio público cerrado, no únicamente en bares y restaurantes. La Ley y su Reglamento son claros al respecto:

o   LUGAR DE TRABAJO INTERIOR, toda zona fija o móvil, que cuente por lo menos con un techo y dos paredes, utilizado por las personas durante su empleo o trabajo permanente o eventual, remunerado o voluntario. Incluye no sólo el sitio donde se realiza el trabajo, sino también todos los lugares conexos y anexos que los trabajadores suelen utilizar en el desempeño de sus funciones, incluyendo aquellos contratados para la realización de eventos (Artículo 2, fracción XI del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco).

Redacción MD

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